Mujer sentada en su oficina solicitando tiempo para formarse desde su ordenador portátil

Permisos Individuales de Formación: Solicita tiempo para formarte

Los Permisos Individuales de Formación dependen de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, más concretamente de la línea de acción: Financiación de la formación profesional para el empleo.

A través de las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social, la empresa puede autorizar a un trabajador que disponga de horas laborales para formarse.

El Permiso Individual de Formación permite al empleado continuar sus estudios, obtener un título oficial y mantener durante ese periodo su salario.

¿Qué son los Permisos Individuales de Formación?

Los Permisos Individuales de Formación (PIF), son unos permisos que, con la autorización de la empresa, permiten al trabajador conciliar estudios y vida profesional. De este modo, parte de la jornada laboral estará dedicada a la realización de formaciones reconocidas mediante acreditaciones oficiales.

La empresa recibe una bonificación por el coste salarial de las horas dedicadas al desarrollo de estas formaciones.

Muchos empleados desean seguir estudiando para crecer personal y profesionalmente, pero no pueden hacerlo porque les resulta imposible compaginarlo con el trabajo.

La formación que escoja el trabajador no tiene por qué estar relacionada con su labor profesional dentro de la organización, pero sí deberá contribuir al crecimiento personal y profesional de empleado. El trabajador puede solicitarlo desde el primer momento que inicia la relación laboral con la empresa.

Este permiso también se puede autorizar para el acceso a los procesos de evaluación y acreditación de la experiencia laboral y de otros aprendizajes no formales, previstos en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.

Beneficios del PIF para la empresa

Por parte de la empresa, se obtienen las siguientes ventajas a través de los PIF:

  • La empresa podrá bonificarse el importe del sueldo del trabajador correspondiente a las horas que dedique a su propia formación.
  • Las empresas que conceden PIF a sus trabajadores obtienen un aumento en el crédito de la formación del 5%.
  • Un empleado con una mejor preparación es un recurso más valioso, motivado y productivo para la empresa.

Beneficios del PIF para el trabajador

El trabajador consigue las siguientes ventajas formándose a través de los PIF:

  • Podrá formarse hasta un máximo de 200h al año sin prejuicios económicos ni profesionales.
  • Su motivación laboral aumenta.
  • No necesita recuperar las horas laborales invertidas, mejorando la conciliación.
  • Seguirá percibiendo el total de su nómina.

¿Cómo puedo solicitarlo?

Para pedir el Permiso Individual de Formación, el empleado debe rellenar una solicitud oficial en la que se incluyen sus datos personales y todos los datos relativos a los estudios que quiere realizar. Posteriormente, la empresa será la encargada de confirmar o denegar este PIF.

Estos son los pasos y requisitos necesarios para disponer de un PIF:

  • Ser un trabajador asalariado que cotiza a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.
  • La formación a realizar ha de ser oficial, presencial y ha de tener su horario dentro de la jornada laboral.
  • El trabajador deberá completar el Anexo I facilitado por FUNDAE.
  • Una vez completo y autorizado por la empresa, el trabajador dispondrá de un máximo de 200h laborales por curso académico para asistir a la formación.

«Gana tiempo, estudia mientras trabajas»

Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.

¿Qué documentación entrego a la empresa?

Estos son todos los documentos que tendrás que presentar a tu empresa para la aprobación de tu permiso individual de formación:

  • Anexo I cumplimentado, correspondiente a la solicitud a la empresa
  • Matrícula o inscripción en la formación oficial.
  • Si es un Título Universitario Propio, deberá presentar la Resolución por Junta de Gobierno o Consejo Social de la Universidad donde ha sido aprobado.
  • Horario de las clases.

¿Qué tipo de formación NO está incluida en los PIF?

No todas las formaciones están permitidas en este formato. Aquí recogemos aquellas que no están incluidas:

  • Formaciones impartidas en modalidad no presencial.
  • Aquellas que no son oficiales.
  • Y formaciones de carácter obligatorio para el empresario, como prevención en riesgos laborales o equipos de trabajo entre otros.
  • Los PIF tampoco aplicarán para acudir a exámenes a los que los trabajadores tengan derecho legítimo.

Esperamos que esta información te sea de utilidad para tus próximas formaciones. ¿Ya conocías los Permisos Individuales de Formación? ¿vas a solicitar uno a tu empresa? ¡cuéntanos tu experiencia y tus dudas en los comentarios!