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Aprobadas las Aulas Virtuales para la formación presencial y bimodal


  • Una institución educativa presenta un modelo bimodal cuando ofrece idénticas carreras a través de la modalidad presencial y de la modalidad a distancia.
  • El aula virtual es el entorno orientado al aprendizaje en el que el docente y los alumnos interactúan.

El 2022 trae buenas noticias para las formaciones: han sido aprobadas las Aulas Virtuales para la formación presencial y bimodal.

Ya es una realidad; el pasado 24 de diciembre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la resolución por la que se establecen las nuevas medidas en materia de formación profesional para la formación programada por las empresas durante el año 2022.

Si bien es cierto que la modalidad de formación online ha sido necesaria desde el inicio de la pandemia, y que la evolución de los datos es de carácter positivo, se ha considerado necesario la ampliación de las medidas adoptadas. En la resolución del 15 de Abril de 2020 se apostó por el formato online. Esta formación profesional online ha demostrado su eficacia en ambas vertientes, la formadora y la sanitaria. Es por ello que se han aprobado las Aulas Virtuales para la modalidad presencial y bimodal en el 2021 y así seguirán en el 2022.


En el aula virtual el docente y los alumnos interactúan en un entono de aprendizaje

De la mano de esta ampliación se han extendido los permisos individuales de formación que se soliciten durante todo el periodo 2022. Si quieres saber más sobre qué son los PIF, te recomendamos la lectura de este artículo: «Permisos Individuales de Formación: Solicita tiempo para formarte».

Los trabajadores podrán solicitar a sus empresas PIF para posibilitarles la asistencia a cualquier tipo de acción formativa impartida mediante aula virtual o sistema bimodal. Tanto la impartición como la asistencia se podrán acreditar mediante el certificado de la entidad formadora o mediante la declaración responsable del beneficiario.


Estas medidas han sido adoptadas en el marco competencial de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre. En ésta, se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.



Uso de las Aulas Virtuales para la formación presencial y bimodal

¿No estás familiarizado con el término bimodal? Una institución educativa presenta un modelo bimodal en su actividad formativa cuando ofrece idénticas carreras a través de la modalidad presencial y de la modalidad a distancia, generando un entorno de aprendizaje completo con un gran intercambio de conocimientos.

Todas las acciones formativas que se programen por las empresas con cargo al su crédito disponible para el 2022, podrán ser impartidas a través de Aulas Virtuales; y tendrán la consideración de formaciones presenciales.


Pero, ¿qué se entiende por Aula Virtual?

De conformidad con el apartado primero de la disposición adicional cuarta de la Orden TMS/369/2019, de 28 de marzo, por la que se regula el Registro Estatal de Entidades de Formación del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral; se considera aula virtual al entorno orientado al aprendizaje en el que el docente y los alumnos interactúan. Esta interacción deberá ser de forma síncrona y en tiempo real, permitiendo realizar una acción formativa que facilite el aprendizaje a todos los miembros.

Todas las formaciones que se realicen a través de esta modalidad deberán guardar cierta información de forma obligatoria. Es por eso que no todos los sistemas son aptos para su uso en este tipo de formaciones:

  • Registro de conexiones de las personas participantes en la sesión, con las fechas, horas y tiempos de conexión en las mismas.
  • Deberá permitir el acceso en cualquier momento a los órganos de control para la verificación del buen uso del sistema.

De igual forma, los medios electrónicos deberán garantizar que el usuario que asiste a las sesiones realizadas por Aula Virtual es realmente el individuo que se ha matriculado en ellas. El sistema utilizado para la impartición deberá garantizar en todo caso la autenticidad de los datos registrados dentro del entorno de aprendizaje.

En cuanto a la bimodalidad, las Aulas Virtuales deberán permitir que parte de los asistentes a la formación asistan de forma física, mientras que otros lo hacen de forma online simultáneamente. No obstante, hay que asegurarse en todo momento de que la calidad de los contenidos sea la misma para cualquiera de los asistentes.


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