Aplicación fundae: comprobación de resultados
¿En qué consiste la comprobación de resultados de FUNDAE?
La comprobación de resultados, consiste en el cruce de información realizada por el SEPE, una vez finalizada la actividad.
En este proceso se contrasta la información comunicada por parte de la empresa a través de la aplicación telemática de Fundae, con la bonificación aplicada. Esta última, será facilitada por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
¿Dónde está disponible la comprobación de resultados de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo?
- Por notificación electrónica:
- Acceso a sede electrónica Sepe:
https://sede.sepe.gob.es/portalsede/es/
- Dirección electrónica habilitada única:
Resultado conforme vs no conforme.
La notificación se tendrá disponible durante 10 días.
Al descargar la notificación nos debemos fijar en el importe a devolver y a continuación las causas que motivan a la devolución.
Resultado no conforme.
Las causas de un resultado negativo en la comprobación de la información y/o bonificación pueden ser diversas. A continuación se exponen las más comunes:
- Vida laboral de los participantes:
Las causas de un resultado no conforme relacionadas con la vida laboral de los trabajadores que desarrollan la formación, pueden ser:
- Que durante el inicio y fin de la formación, el trabajador estuviera dado de alta en una empresa distinta a la que se comunicó en la aplicación de Fundae.
- Que el trabajador se encontrara de baja en la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Alguna de las personas participantes tuviera un contrato por cuenta propia.
- Identificación de situación de desempleo por parte de algún participante durante el desarrollo de la formación.
Cuando en la evaluación posterior por parte de los técnicos de las Direcciones Provinciales, una vez finalizada la acción formativa, en cualquiera de las modalidades, se detecten desviaciones, irregularidades o situaciones que necesiten de un contraste con los participantes que hayan realizado la formación bonificada.
- Cofinanciación privada:
En el caso en el que una empresa de más de 5 trabajadores esté obligada a efectuar un mínimo porcentaje de cofinanciación privada, y se detecte una mala praxis de la misma, ya sea por una inadecuada aplicación de los costes salariales de las personas participantes, falta de documentación, o incluso la omisión de la misma (no efectuar el pago del porcentaje que le corresponda), conllevará una incidencia y/o irregularidad con el correspondiente resultado no conforme.
- Bonificación TGSS:
Causas Costes:
- Certificado de no percepción de otras ayudas.
- Contabilidad.
- Facturas y pagos.
- Costes salariales.
- Diplomas/certificados, controles de asistencia y aprendizaje.
- Programa y pago de matrícula PIF.
Una vez confirmadas las causas de un resultado no conforme, pasaremos a la presentación de alegaciones.
Presentación de alegaciones por resultado no conforme:
Para emitir una alegación, se tendrán 10 días hábiles (no se contabilizan los días en fin de semana y/o festivos).
¿Dónde se pueden presentar las alegaciones por resultado no conforme de mi formación bonificada?
A través de la página web de fundae.
Apartado “Trámites”, podemos responder a la notificación y adjuntar la documentación necesaria para emitir la alegación.
A través del siguiente link tendrás acceso a una guía para la presentación de alegaciones.
Es muy importante que, cuando se reciba el aviso de notificación, se acceda inmediatamente y se de respuesta. En ocasiones se puede resolver mediante la aplicación. Puede que se trate de un error y se pueda resolver mediante el acceso a las notificaciones.
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